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Foros de montaña => Foro general de montaña => Mensaje iniciado por: farodelcaballo en 28 de Noviembre de 2017, 12:49:26 pm

Título: Prohibición de volar drones en el P.N. Picos de Europa
Publicado por: farodelcaballo en 28 de Noviembre de 2017, 12:49:26 pm
(http://www.rutasytracks.com/foros/archiv_adj/images/2018/P1070614.jpg)

¿Puede sobrevolarse (avión, avioneta, helicóptero, globo, drón, parapente, ala delta, trajes de hombre-pájaro, etc.) el Parque Nacional?

No. En aplicación de lo previsto en la Ley 30/2014, de 3 de Diciembre, de Parques Nacionales (artículo 7.3.e), está prohibido el sobrevuelo de los Parques Nacionales a menos de 3.000 metros de altura sobre la vertical del terreno, salvo autorización expresa o por causa de fuerza mayor. Por tanto, cualquier operación de este tipo requiere de autorización previa de la Administración del Parque Nacional, no concediéndose sino para actividades de conservación, protección de los recursos naturales o infraestructuras, aprovisionamiento de efugios o realización de obras autorizadas, así como, excepcionalmente, para seguimiento de actividades autorizadas y que así lo requieran imprescindiblemente o actividades análogas.

El uso de drones sin autorización de la Administración del Parque Nacional está igualmente prohibido por las molestias que pueden ocasionarse a flora, fauna, ganados u otros usuarios del espacio protegido.

Fuente: http://parquenacionalpicoseuropa.es/el-parque/visitas/prepara-tu-visita/ (http://parquenacionalpicoseuropa.es/el-parque/visitas/prepara-tu-visita/)

Un saludo!